Santo Domingo, República Dominicana • Lunes 29 de Abril, 2024
viernes 7 julio, 2023

Tribunal Constitucional ordena MINERD reintegrar en su cargo servidor Carrera Administrativa 

Señalaronn que ese acto administrativo no solo colocó al accionante en la carrera administrativa, sino que, además, indicó el puesto que ocuparía en esa institución administrativa, particularmente, indica que este será el responsable de Acceso a la Información en el Ministerio de Educación. 

Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que ordena al Ministerio de Educación (MINERD), el cumplimiento de la resolución núm. 132-2011, del 14 de diciembre del 2011, emitida por el Ministerio de Administración Pública (MAP), reintegrando a Henry Antonio Núñez Díaz en el cargo de responsable de Acceso a la Información Pública. 

Mediante la sentencia TC/0361/23, del 7 de junio del 2023, los jueces de la alta corte expresaron que le corresponde al MAP, como órgano encargado del sistema de carrera administrativa, la aprobación de los movimientos o traslados de servidores públicos, y al momento de realizar el traslado de Núñez Díaz a otra institución, Educación no cumplió con el debido proceso.   

Señalaronn que ese acto administrativo no solo colocó al accionante en la carrera administrativa, sino que, además, indicó el puesto que ocuparía en esa institución administrativa, particularmente, indica que este será el responsable de Acceso a la Información en el Ministerio de Educación. 

“En la lectura de la certificación emitida por el Ministerio de Administración vemos que el  puesto  que  mantiene  el hoy  accionante, señor  Henry  Antonio Núñez, en los registros del ente encargado de aprobar los movimientos o traslados de los servidores públicos, es el de responsable de Acceso a la Información en el Ministerio de Educación, por lo que no consta el alegado traslado realizado por el Ministerio de Educación,  lo  que  quiere  decir  que no  se  ha  cumplido  con  la normativa que rige la materia y, con ello, el acto administrativo que se pretende cumplir conserva toda su vigencia”, resaltaron los magistrados sentencia. 

Acceda a la sentencia del TC haciendo click en este enlace

 

 

 

Por La Redacción 
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