Santo Domingo, República Dominicana • Jueves 25 de Abril, 2024
miércoles 27 mayo, 2020

TSA ordena JCE reconocer partidos EPQ y MPT

TSA ordena JCE reconocer partidos EPQ y MPT.
Severino lamentó que el fallo del Tribunal Superior se haya producido tarde, ya no podrán participar en el proceso electoral del 5 de julio.

Santo Domingo.- El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó a la Junta Central Electoral (JCE) ponderar nuevamente el reconocimiento electoral de la organización política El País que Queremos (EPQ), luego de acoger un recurso interpuesto por sus representantes Bartolomé Pujals y Lety Melgen.

En su decisión, el TSA consideró “que el órgano electoral violentó los derechos de participación política y de libre asociación de los miembros de El País que Queremos”.

La sentencia del TSA acogió parcialmente el amparo interpuesto por los representantes de EPQ, luego de constatar que la JCE declaró inadmisible el recurso de reconsideración con base en la Ley Orgánica del Régimen Electoral; cuando debió decidir con base en las disposiciones de la Ley 33-18 de partidos, agrupaciones y movimientos políticos aplicable al caso, por tratarse del reconocimiento de una nueva agrupación política y no de un proceso electoral, establece EPQ en un comunicado de prensa.

Los representantes de El País que Queremos indican que ahora la JCE debe conocer el fondo del recurso de reconsideración que había declarado inadmisible. También consideran que la decisión del TSA es ejecutoria, es decir, que debe ser cumplida por la JCE independientemente de que el órgano electoral pueda perseguir la suspensión de sus efectos y su revisión ante el Tribunal Constitucional.

Pujals y Melgen fueron representados por los abogados constitucionalistas Dangela Ramírez Guzmán, Jaime Rodríguez Rodríguez, Héctor Gómez Morales y Víctor Manuel Pérez Duarte.

El 15 de octubre de 2019, la Junta Central Electoral, mediante la resolución 20-2019, rechazó el reconocimiento de EPQ alegando que no había presentado la cantidad de consentimientos requeridos conforme a la ley. Dicha resolución fue recurrida mediante recurso de reconsideración, pero la JCE lo declaró inadmisible mediante la resolución 31/2019.

Ambas resoluciones fueron objeto de una acción de amparo interpuesta por Pujals y Melgen el 13 de enero de 2020, acción que fue acogida parcialmente mediante la sentencia 99/2020 del órgano administrativo.

MPT
El TSA ordenó también la Junta Electoral otorgar el reconocimiento legal del Movimiento Patria para Todos (MPT), por considerar que le violó su derecho a elegir y ser elegido mediante la resolución número.25-2019, que emitió el 15 de noviembre del 2019.

El tribunal afirma que también el organismo electoral, incurrió en una violación al derecho de igualdad ante la ley, previsto por el artículo 39 de la Constitución, en perjuicio del partido político movimiento Patria para Todos y Todas “lo que al propio tiempo se traduce en una violación de los derechos a la libertad de asociación y formación de Partidos Políticos y al sufragio”.

"Por lo que procede acoger la acción intervenida y ordenar a la Junta Central Electoral (JCE) otorgar a dicho movimiento su reconocimiento como entidad política", indica.

La sentencia fue firmada por Román A. Berroa Hiciano, juez presidente; Mery Laine Collado Tactuc, Ursúla Carrasco Márquez, jueza, y fue emitida a solicitud de una acción de amparo incoada por Fulgencio Severino, presidente, y Iván Evangelista Rodríguez Pilier, secretario general de la entidad política, el 4 de diciembre del 2019.

La sentencia que favorece a la organización es número 0030-02-2020-SSEN-00094 y el expediente es el número 0030-2019-ETSA-02915.

Severino lamentó que el fallo del Tribunal Superior se haya producido tarde, ya no podrán participar en el proceso electoral del 5 de julio.

Dijo que toda la organización está trabajando para organizar la asamblea constitutiva como lo establece la ley.

Manifestó que el MPT quedará formalmente constituido después del proceso electoral del 5 de julio próximo.