Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que ordena al Ministerio de Educación (MINERD), el cumplimiento de la resolución núm. 132-2011, del 14 de diciembre del 2011, emitida por el Ministerio de Administración Pública (MAP), reintegrando a Henry Antonio Núñez Díaz en el cargo de responsable de Acceso a la Información Pública.
Mediante la sentencia TC/0361/23, del 7 de junio del 2023, los jueces de la alta corte expresaron que le corresponde al MAP, como órgano encargado del sistema de carrera administrativa, la aprobación de los movimientos o traslados de servidores públicos, y al momento de realizar el traslado de Núñez Díaz a otra institución, Educación no cumplió con el debido proceso.
Señalaronn que ese acto administrativo no solo colocó al accionante en la carrera administrativa, sino que, además, indicó el puesto que ocuparía en esa institución administrativa, particularmente, indica que este será el responsable de Acceso a la Información en el Ministerio de Educación.
“En la lectura de la certificación emitida por el Ministerio de Administración vemos que el puesto que mantiene el hoy accionante, señor Henry Antonio Núñez, en los registros del ente encargado de aprobar los movimientos o traslados de los servidores públicos, es el de responsable de Acceso a la Información en el Ministerio de Educación, por lo que no consta el alegado traslado realizado por el Ministerio de Educación, lo que quiere decir que no se ha cumplido con la normativa que rige la materia y, con ello, el acto administrativo que se pretende cumplir conserva toda su vigencia”, resaltaron los magistrados sentencia.
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