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viernes 5 mayo, 2023

Defensa: FEJUS cree miembros Cámara de Cuentas actúan apegados a la Constitución y la Ley

El sociólogo  sostuvo que tanto Elsa María Catano, vicepresidenta; Tomasina Tolentino, secretaria; y Elsa Peña Peña, miembro, han actuado en la legalidad de sus funciones según el artículo 9, de la Ley 107-13.

Santo Domingo.– La Fundación Equidad y Justicia Social (FEJUS) dijo que, ante la crisis generada a lo interno de la Cámara de Cuentas, tres de sus miembros han actuado de conformidad a la Constitución y las leyes, apegados a la ética y la moral que le ha caracterizado en su trayectoria personal y profesional.

El presidente de la entidad Fidel Lorenzo Merán, hizo un llamado a los ciudadanos a no dejarse confundir o distraer y mantenerse atentos a la lucha contra la corrupción, que solo es posible si se envían a la justicia aquellos que realizan un mal uso de los recursos puestos bajo su administración.

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El sociólogo  sostuvo que tanto Elsa María Catano, vicepresidenta; Tomasina Tolentino, secretaria; y Elsa Peña Peña, miembro, han actuado en la legalidad de sus funciones según el artículo 9, de la Ley 107-13.

Así mismo, los integrantes mencionados han cumplido con el aspecto de la cantidad de auditorías, aspecto que fue verificado con la publicación realizada por la Participación Ciudadana, la cual indica que la realización de 51 auditorías dadas a conocer por el organismo constitucional cada año.

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La FEJUS, sostuvo que los jueces Elsa María Catano, Tomasina Tolentino y Elsa Peña Peña, han cumplido con el aspecto de “Revisión de informes”, como parte del aseguramiento de los procedimientos establecidos en la Guía para la ejecución de auditorías aprobada, así como en las normas internacionales de auditorías los informes, que son revisados por: jefe de grupo, supervisor de Grupo, director de Auditoría y el Pleno del organismo autónomo.

El presidente de la entidad, explicó que los tres miembros del pleno, han informado en reiteradas ocasiones al presidente la disponibilidad de vacantes y de recursos para la contratación de auditores, así como solicitar la contratación de una firma externa para la realización del proceso de reclutamiento y selección; que es potestad exclusiva del presidente, de acuerdo a lo establecido en la Ley 10-04.

A los fines de salvaguardar la integridad y el buen funcionamiento de este importante órgano de control, consideramos necesario la práctica de un liderazgo capaz de manejar conflictos, de trabajar en equipo y de respeto mutuo siempre pegado a la Ley y a la Constitución.