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jueves 24 agosto, 2023

Condenan agentes policiales a 20 años de prisión por matar hombre no dejarse requisar

La sentencia condenatoria a pesa sobre los agentes Romero Montero y a Díaz Castillo y ordena que ambos la cumplan en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal.

Santo Domingo. - La Fiscalía de Santo Domingo Este y Norte dijo este jueves que obtuvo condenas de 20 años de prisión en contra del sargento Yamil Romero Montero y el cabo Oneidys Manuel Díaz Castillo, culpables de matar el pasado año al civil José Antonio Espinal Gutiérrez por negarse a ser requisado.

El Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este, que integran los jueces Elizabeth Esperanza Rodríguez Espinal (presidenta), Flor E. Batista Polo y José Leonel Asencio Quezada (miembros), dictó la sentencia condenatoria a Romero Montero y a Díaz Castillo y ordenó que ambos la cumplan en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal.

El expediente instrumentado por el fiscal investigador Gilberto Castillo, establece que el hecho ocurrió el 6 de abril de 2022, alrededor de las 4:00 de la tarde, mientras el hoy occiso se trasladaba en condición de pasajero en una motocicleta por la carretera de Mendoza, Villa Faro, en Santo Domingo Este, con destino a su vivienda.

Relata que en ese momento los dos agentes de la Policía, quienes patrullaban en una motocicleta de la institución, le ordenaron detenerse al motoconchista, pero este no se acogió al llamado, razón por la cual les dieron seguimiento.

Señala que, al detenerse en frente de la casa del hoy occiso, luego de marcharse el motoconcho, de inmediato el cabo policial Oneidys M. Díaz sujetó a la víctima por el Poloshirt para revisarlo y al este negarse, le realizó un disparo, en presencia de su madre.

Ambos coimputados, posteriormente, continuaron disparando al mismo tiempo.

Le realizaron varios disparos en diferentes partes del cuerpo, los que les provocaron la muerte, como consta en el certificado de defunción legal.

Durante el juicio, el Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Ignacio Rojas, demostró con suficientes elementos de prueba que ambos condenados violaron los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, sobre homicidio voluntario.