Santo Domingo, República Dominicana • Sábado 27 de Abril, 2024
viernes 25 marzo, 2022

Seguridad Social extiende cobertura médica por accidentes de tránsito

CNSS extiende cobertura médica por accidente de tránsito.
La resolución manda a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), al Seguro Nacional de Salud (SENASA) y su red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS), proporcionar a su población afiliada las atenciones correspondientes en las mismas condiciones que se han estado aplicando.

Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 537-02 extendió el plazo de cobertura de las Atenciones Médicas por Accidentes de Tránsito (FONAMAT Transitorio), para los afiliados del régimen Contributivo y Subsidiado, del 1 de marzo al 1 de junio del 2022.

La decisión fue tomada durante una sesión ordinaria del órgano superior del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), encabezada por el Ministro de Trabajo y presidente del Consejo, Luis Miguel De Camps García.

La resolución manda a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), al Seguro Nacional de Salud (SENASA) y su red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS), proporcionar a su población afiliada las atenciones correspondientes en las mismas condiciones que se han estado aplicando.

Asimismo, se instruyó a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a dar cumplimiento a la presente resolución, a los fines de que se realicen las dispersiones de los percápita correspondientes, conforme a las fechas establecidas en esta resolución.

También el CNSS dispuso que la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones (CPFeI), a continuar analizando el tema, con el objetivo de realizar los estudios actuariales correspondientes, a los fines de presentar una propuesta definitiva de resolución a la Seguridad Social, en relación a la implementación del Fondo Nacional de Atención Médica por Accidente de Tránsito (FONAMAT), para los afiliados de ambos regímenes.

Explicaron que la presente resolución deroga y modifica cualquier otra que le sea contraria en todo o en parte; además tendrá una aplicación de manera retroactiva a partir del 1 de marzo.

“El Estado dominicano, es el garante final del adecuado funcionamiento del Seguro Familiar de Salud (SFS), así como, de su desarrollo, fortalecimiento, evaluación y readecuación periódicas y del reconocimiento del derecho de todos los afiliados, según lo establece el artículo 174 de la Ley 87-01”, apuntaron.

La entidad sostuvo que en nombre del Estado garantiza la cobertura de salud por accidentes de tránsito a los afiliados del SDSS y en aras de proteger a los beneficiarios.

 

 

 

 

 

Por La Redacción
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