Santo Domingo. - El especialista en Derecho Constitucional y exfiscal del Distrito Nacional el doctor John Garrido calificó este domingo como correcta, justa y equitativa apegada al Derecho Convencional y al Derecho Constitucional la sentencia que emitió el Tribunal Superior Electoral sobre las elecciones del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD).
“Es una sentencia histórica, visionaria y muy importante para el ejercicio del Derecho en la República Dominicana”, sostuvo el abogado constitucionalista.
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Dijo que por primera vez un tribunal en la República Dominicana protege mediante una acción de amparo el debido proceso, el principio de legalidad y la certeza del voto electoral.
“Estamos en presencia de una sentencia correcta, una sentencia justa y equitativa y sobre todo una sentencia apegada al Derecho Convencional y al Derecho Constitucional”, indicó el abogado.
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El también exconsultor jurídico de varias instituciones aseguró que el Tribunal Superior Electoral si tienes competencia para conocer del amparo electoral.
“Se cuestiona que el Tribunal Superior Electoral no tiene competencia para conocer este tipo de amparo electoral, pues sí la tiene, la competencia y la facultad se la da la Constitución de la República que en el artículo 72 que establece que cualquier persona puede ir a los Tribunales de la República a buscar amparo de la violación de derecho fundamental o un derecho humano”, sostuvo.
Indicó que así lo dice la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que también ese criterio lo adoptó el Tribunal Constitucional Dominicano.
“Esta sentencia histórica protegió el debido proceso mediante el amparo, es histórica porque el debido proceso es el único derecho universal que tiene doble carácter a su vez es un derecho universal, a su vez es un derecho humano”, consideró Garrido.
Sostuvo que los abogados y la administración de justicia deben ver esa decisión con mucho júbilo y beneplácito porque “nos va a servir como referente para el ejercicio post administración de justicia a partir de ahora, ningún tribunal en la República Dominicana había protegido el debido proceso mediante el amparo”.