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miércoles 22 julio, 2020

SISALRIL: coberturas transitorias para pacientes con COVID-19 serán extendidas hasta 31 de agosto

UCI aloja paciente con COVID-19 en rd.
El comunicado explica que las tarifas mejoradas incluyen a los médicos intensivistas que recibirán un aumento transitorio de RD$ 1,200.00 por paciente por día; los Gineco-obstetras, Pediatras y Perinatólogos recibirán un incremento entre RD$ 800.00 a 2000.00.

Santo Domingo.- La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) informó el nuevo convenio entre la Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip) y las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), que actualiza y prorroga hasta el 31 de agosto las coberturas transitorias ampliadas del acuerdo firmado el pasado 5 de abril, en favor de los afiliados afectados por la COVID- 19 que requieren internamiento.

De acuerdo a una nota de prensa, este nuevo acuerdo, que contó con la mediación de la Sisalril, crea condiciones favorables para ampliar la disponibilidad de camas y de cuidados intensivos disponibles para la atención de pacientes de COVID-19 en establecimientos privados.

Así mismo, se incluyen otras especialidades médicas beneficiadas con tarifas mejoradas y los aportes para equipos de protección personal para el personal de salud.

El comunicado explica que las tarifas mejoradas incluyen a los médicos intensivistas que recibirán un aumento transitorio de RD$ 1,200.00 por paciente por día; los Gineco-obstetras, Pediatras y Perinatólogos recibirán un incremento entre RD$ 800.00 a 2000.00.

“Estas tarifas mejoradas rigen para la atención directa de pacientes COVID-19, sospechosos y confirmados, en ambiente de aislamiento, sin ventilación mecánica; y desde el primero de julio, para los casos de alta médica, que a la firma del convenio no hubieran sido cerrados por las ARS”, detalla el comunicado.

De igual forma, indica que se ratifican los demás honorarios profesionales estipulados en el convenio anterior Igualmente y se aumentara el monto de la contribución a los PSS, por concepto de equipos de protección personal (EPP) a los que atiendan a pacientes de COVID-19.

“A RD$1,786.09 por paciente por día, en área de emergencia, a RD$6,122.40 a los que trabajan en aislamiento; y, RD$8,663.16 a los de las Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y en el área de aislamiento que haya requerido ser acondicionada como tal por falta de disponibilidad de espacio en UCI”, indica el comunicado.

La nota explica que esta contribución incluye todos los equipos necesarios para proteger al personal de salud que se encuentra involucrado en la atención del paciente sospechoso o confirmado con SARS CoV-2 y los EPP para el manejo de cadáveres, incluyéndose las fundas para los mismos; por lo que los afiliados no deben realizar ningún copago por este concepto.

Mientras que, las ARS reiteran su compromiso de cubrir la diferencia a cargo del afiliado (copago) por concepto del monto facturado por el Prestador de Servicios de Salud, en hospitalización y Cuidados Intensivos, para los servicios contemplado en el PDSS, durante la vigencia del presente acuerdo, en todos los casos positivos de SARS CoV-2, y de aquellos casos sospechosos que cumplan los criterios clínicos definidos.

De su lado, los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) se comprometen a ampliar lo más posible el número de camas hospitalarias, de cuidados intensivos y ventiladores mecánicos, para atender a los pacientes sospechosos y confirmados de SARS CoV-2.

Otros PSS pueden adherirse a los términos del convenio, si lo manifiestan por escrito a la SISALRIL. Así mismo, se hace un llamado a las aseguradoras privadas para que asuman voluntariamente el contenido del acuerdo, en beneficio de sus afiliados.

Estas medidas estarán vigentes hasta el 31 de agosto, y no representan un aumento en el per cápita dispersado mensualmente a las ARS, ni modificaciones de tarifas en otros servicios de las clínicas.

Se recuerda que el 3 de julio el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 496-01 dispuso que todos los trabajadores suspendidos y sus dependientes directos y adicionales, continúen con la cobertura que le ofrece su afiliación al Seguro Familiar de Salud (SFS), del Régimen Contributivo.

En una reunión virtual extraordinaria, se resolutó que desde el 1 al 31 de julio del 2020 dichos trabajadores tienen derecho a continuar solicitando servicios de salud si así lo requieren.

Durante una sesión encabezada por el ministro de Trabajo y presidente del CNSS, Winston Santos, se aprobó a unanimidad las coberturas del SFS y de los subsidios por Enfermedad, Maternidad y Lactancia, según informó el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto.

El funcionario indicó que este plazo además incluye cobertura de los recién nacidos para garantizarles los beneficios del SDSS, quienes podrán solicitar servicios de salud sin contar con el Número de Seguridad Social (NSS) y mantener la cobertura a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante este período 18 y 21 años de edad, siempre que sean estudiantes.

Recordó que, los afiliados al Sistema de Seguridad Social que se encuentran privados de un trabajo remunerado que sus contratos de trabajo fueron suspendidos mantienen su cobertura en especie y sin disfrute de las prestaciones en dinero.

Sin embargo, tras el Poder Ejecutivo decretar un nuevo estado de emergencia por 45 días, este martes, el CNSS no se ha pronunciado sobre una posible ampliación de la cobertura durante el nuevo estado de excepción.

 

 

 

 

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