Santo Domingo. - La firma de abogados Centro Jurídico e Inversiones Batía Ramos, dirigida por el jurista Oliver Moisés Batía Burgos, logró una importante victoria judicial que podría marcar, un antes y un después, en materia de responsabilidad patrimonial de los funcionarios públicos en la República Dominicana, al obtener una sentencia que establece consecuencias económicas directas para un director estatal por el incumplimiento de decisiones judiciales.
Mediante la Sentencia núm. 0030-02-2026-SSEN-00667, dictada el primero de octubre de 2026, la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) condenó de manera conjunta y solidaria al Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM) y a su director general, Erick Alberto Guzmán Núñez, al pago de RD$1,500,000 a favor de la servidora pública de carrera Beata María Pérez Miliano, como reparación por los daños ocasionados a consecuencia del incumplimiento de una sentencia judicial.
Batía Burgos, destacó que el fallo de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo abre una vía para enfrentar el incumplimiento de sentencias por parte de representantes de la Administración pública, una situación que, sostuvo, afecta la materialización de los derechos reconocidos a los ciudadanos.
“Con esta sentencia el Tribunal Superior Administrativo, a través de la Primera Sala, abre la puerta del nuevo derecho de ejecución de sentencias”, expresó el jurista.
El abogado aseguró que “existen más de 700 sentencias pendientes de ejecución por parte de funcionarios, ministros y directores de instituciones públicas. A su juicio, esta situación evidencia la necesidad de establecer consecuencias efectivas frente a quienes incumplen los mandatos judiciales”.
“Ese millón y medio al cual fue condenado el licenciado Erick Guzmán, director general de Inposdom, más 5 mil pesos diarios hasta el cumplimiento de dicha sentencia, crea un precedente para el derecho contencioso administrativo y el derecho de la administración”, manifestó.
Jurisprudencia de gran importancia para la administración pública
La estrategia jurídica desarrollada por los abogados Oliver Moisés Batía Burgos y Ángelo Ramos Santana, representantes de la demandante, permitió que el tribunal reconociera la responsabilidad patrimonial conjunta y solidaria de la institución pública y su máximo representante, tras comprobar el incumplimiento de una decisión judicial que ordenaba la reincorporación de una empleada protegida por el régimen de carrera administrativa.
Batía expresó satisfacción con la decisión y señaló que numerosos abogados enfrentan dificultades para lograr que sus clientes reciban lo dispuesto por los tribunales, incluso después de obtener sentencias favorables.
“Varios colegas cuentan con procedimientos que, después de que logran sus sentencias, solo les queda guardarlas y engancharlas en un cuadro”, sostuvo, al describir la frustración que genera obtener una decisión judicial que posteriormente no se ejecuta.
Aseguró que este criterio judicial reviste especial importancia porque refuerza la aplicación del artículo 148 de la Constitución dominicana, relativo a la responsabilidad civil de las entidades públicas y sus funcionarios, así como de las disposiciones legales que regulan las relaciones entre los ciudadanos y la Administración Pública”, expresó Batía.
El jurista cuestionó que funcionarios se amparen en la inembargabilidad de los bienes del Estado para eludir el cumplimiento de las decisiones judiciales. En ese sentido, consideró que el fallo representa un avance hacia una mayor responsabilidad de las autoridades frente a sus obligaciones.
“Los funcionarios no se dedican a dar fiel cumplimiento a las decisiones emitidas por ese tribunal del Estado”, afirmó Batía, quien insistió en la importancia de que las sentencias se traduzcan en el reconocimiento efectivo de los derechos de sus beneficiarios.
Tribunal impone indemnización millonaria y penalidad diaria
Además de la indemnización de RD$1.5 millones, el Tribunal Superior Administrativo impuso al INPOSDOM y a su director general una astreinte de RD$5,000 por cada día de retraso en la reincorporación de Beata María Pérez Miliano a su puesto de trabajo, con el mismo cargo y salario correspondientes a su condición de servidora pública de carrera administrativa.
La penalidad comenzará a computarse una vez vencido el plazo de 30 días contado desde la notificación de la sentencia, conforme a lo establecido en la decisión judicial.
Esta medida constituye un mecanismo de presión económica destinado a garantizar el cumplimiento efectivo de lo ordenado por los tribunales y evitar que las sentencias se conviertan en simples declaraciones sin consecuencias prácticas.
El tribunal comprobó que la institución y su director habían incumplido la Sentencia núm. 0030-1642-2023-SSEN-00681, del 15 de noviembre de 2023, mediante la cual se ordenaba la reincorporación de la empleada y el pago de los salarios y beneficios dejados de percibir.
Dicha decisión adquirió autoridad de cosa juzgada después de que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazara el recurso de casación interpuesto por el INPOSDOM, mediante la Sentencia núm. SCJ-TS-25-1544, del 30 de mayo de 2025.