Santo Domingo.- El juez Franny González, de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, acogió este viernes la solicitud de variar la calificación jurídica del caso Jet Set a homicidio voluntario y golpes y heridas voluntarios, sustentados en dolo eventual, en el proceso contra Antonio y Maribel Espaillat.
La decisión implica que el caso será remitido a un tribunal colegiado del Distrito Nacional, debido a que la pena correspondiente a la nueva calificación supera la competencia del tribunal que conocía el juicio.
El magistrado informó que el proceso queda interrumpido y deberá comenzar desde cero ante el nuevo tribunal, que será seleccionado mediante sorteo.
“El tribunal le informa a las partes de que producto de esta decisión el proceso es interrumpido y comienza desde cero en el nuevo tribunal”, expresó.
Conocían deterioro techo
Al explicar su decisión, González sostuvo que las pruebas presentadas hasta este momento del juicio permitieron establecer que los imputados conocían las condiciones del techo y habían recibido advertencias sobre el peligro.
El magistrado señaló que tenían “conocimiento pleno del deterioro del techo” y que recibieron informaciones documentadas y señales que revelaban un riesgo real e inminente.
Según la valoración expuesta por el juez, pese a esas advertencias, los responsables mantuvieron abierto el establecimiento y permitieron el acceso y la permanencia de personas.
El tribunal consideró que los elementos examinados exceden una simple falta de mantenimiento o una omisión del deber de cuidado. A su juicio, las circunstancias acreditadas revelan que los imputados privilegiaron la continuidad de las operaciones pese al peligro conocido, asumiendo las posibles consecuencias.
Para sustentar esa conclusión, González indicó que valoró pruebas testimoniales, periciales, audiovisuales y auditivas presentadas por el Ministerio Público.
El juez sostuvo que la descripción de los hechos contenida en la acusación fiscal encuentra respaldo en esas pruebas, pero consideró que corresponde a delitos dolosos mediante dolo eventual, en lugar de la calificación de homicidio, golpes y heridas involuntarias.
Rechaza agravantes y remite expediente
González acogió la variación solicitada por varias partes querellantes, actores civiles y acusadores particulares, bajo los artículos 295 y 309 del Código Penal, sin modificar ni ampliar los hechos de la acusación.
Sin embargo, rechazó las circunstancias agravantes relativas a un crimen precedido, acompañado o seguido de otro crimen, contempladas en el artículo 304, al considerar que sus presupuestos no habían sido justificados hasta este momento procesal.
El magistrado explicó que la nueva calificación contempla una pena de tres a veinte años de reclusión mayor, lo que supera la competencia material de la Cuarta Sala Penal.
Por esa razón, dispuso remitir el asunto a la Presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para que asigne el expediente a uno de los tribunales colegiados mediante sorteo.
También ordenó notificar de inmediato a las partes la decisión íntegra y eximió el incidente del pago de costas por tratarse de una cuestión de puro derecho.
El proceso contra los propietarios de la discoteca se desarrolla por el colapso del techo del Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025, que dejó 236 personas fallecidas y más de 180 heridas.