Santo Domingo.- El Ministerio de Trabajo reiteró a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país que el jueves 24 de septiembre, Día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia laboralmente, debido a su carácter religioso.
La institución precisó que los sectores público y privado deben retornar a sus labores cotidianas el viernes 25, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
La celebración de esta fecha, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
Sin embargo, los empleados que se vean en la obligación de laboral por la naturaleza de su trabajo recibirán el pago doble del día, como lo establece la ley, regulado por el Código de Trabajo (Ley 16-92), en su artículo 205.
El artículo 165 establece que los días feriados son de descanso remunerado. Si no se trabaja, el empleador de todas formas debe pagar el día ordinario completo.