La Junta Electoral gestiona reglas claras en proceso de reconocimiento de partidos políticos

Santo Domingo. - El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) presentó este jueves a los partidos políticos el borrador de un nuevo reglamento que procura establecer el procedimiento para el reconocimiento de partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

La propuesta, que consta de 20 artículos, debe agotar un proceso de cuatro fases para que un partido, agrupación o movimiento sea reconocido de manera oficial por el órgano electoral.

Primera fase
La primera fase consiste en la verificación de las documentaciones y elementos distintivos depositados por los gestores de las organizaciones políticas que se encuentren en proceso de formación y pretenden ser reconocidas por la JCE.

En el mismo, la dirección de Partidos Políticos de la JCE debe afirmar que los principios establecidos en los estatutos de esas organizaciones en formación están orientados a garantizar la democracia interna, la igualdad de derechos y deberes de los miembros y el ejercicio político transparente.

Los estatutos constituyen la norma fundamental de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos y establecen los poderes, derechos y obligaciones partidarias a las que sus autoridades y afiliados ajustarán sus actuaciones.

Durante esta fase por igual se revisará que él nombre y lema de la organización, los cuales no incluyan nombres o palabras alusivas a personas o prefijos que indiquen actitudes contrarias a favor de prácticas, sistemas o regímenes, presentes o pasados, nacionales o extranjeros, ni de ser susceptible a confusión con otros partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

"No serán aceptados como nombres, siglas, logos o símbolos de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, los símbolos patrios y el lema nacional establecidos en la Constitución; o imágenes contrarias a la moral, a las buenas costumbres, al orden público", reseña el reglamento.

Segunda fase
En la segunda etapa del proceso es la que comprende la fiscalización realizada por la JCE donde se procede con la confirmación de electores y directivos que apoyan las organizaciones políticas en formación, así como la supervisión de la sede o local.

Durante esta etapa se establece que los locales de esas organizaciones en formación deben de en un lugar visiblemente identificado con los colores, símbolos, nombre y siglas de la organización política en formación, para determinar que no se trate de una casa de uso familiar, hoteles o salones coworking, salones de eventos o similares, ni espacios donde estén operando de manera simultánea negocios comerciales y la organización política en formación.

Por igual, deberán tener una constancia o documento válido que avale el derecho de propiedad o el derecho de uso exclusivo del inmueble donde opere la sede o local, con una vigencia mínima de 18 meses a partir de la solicitud de reconocimiento.

El espacio físico debe de tener capacidad para mínimo 160 personas; en los casos de las agrupaciones políticas, las infraestructuras físicas debidamente instaladas para los fines exclusivos del funcionamiento deberán tener una dimensión que permita alojar un mínimo de 25 personas.

Las últimas fases
La tercera corresponde al levantamiento del informe final y presentación a la Comisión de Juntas Electorales y Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos para la emisión de recomendaciones, a los fines de que el Pleno de la Junta Central Electoral dicte las resoluciones que correspondan.

En la última fase, los partidos políticos a los que se les haya otorgado el reconocimiento mediante resolución deberán celebrar su asamblea constitutiva en el Distrito Nacional o en la Provincia Santo Domingo; en el caso de las agrupaciones y movimientos, en la demarcación territorial que corresponda según su alcance.

Una vez producida la decisión de reconocimiento, la misma será formalmente notificada por el órgano electoral a los solicitantes, quienes tendrán un plazo de 45 días, contados a partir de la notificación, para formalizar todo lo concerniente a la conformación de las autoridades oficiales a través de la asamblea constitutiva que las designe, mediante los procedimientos descritos en los estatutos.

De no cumplirse con este requisito, quedará sin efecto el reconocimiento otorgado.

Plazo para los partidos
El presidente de la JCE, Román Jaquez Liranzo, informó que los delegados o representantes de las organizaciones políticas tienen hasta las cuatro de la tarde del viernes 24 de octubre para que puedan hacer fundamentaciones o argumentaciones sobre el borrador.

 

Por La Redacción
Fuente: Javier Flores
LD