Toque de queda inicia a las 12:00 mediodía este sábado, pero libre tránsito es hasta las 3:00 p.m.

Santo Domingo.- La vocero del Gobierno, Milagros Germán, anunció el 8 de enero, a través de una rueda de prensa en el Palacio Nacional, que se dispondrá algunas variaciones al toque de queda a partir del 11 de enero.

Germán dijo que del 11 al 26 de enero se mantendrá el actual toque de queda, de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. de lunes a viernes; y de 12:00 p.m. a 5:00 a.m. sábado y domingo.

Sin embargo, la vocero dijo que en lugar de 7:00 de la noche, el libre tránsito para todos los ciudadanos será hasta las 8:00 de la noche en la semana y los sábados (16 y 23) y domingos (17 y 24) será hasta las 3:00 p.m.

Circulación
A su vez, sostuvo que solo podrán circular en horario del toque de queda: médicos, enfermos, bioanalistas, personal farmacéutico y empleados de empresas de seguridad privadas debidamente identificados.

También, miembros de la prensa, energía, agua, telecomunicaciones y desechos sólidos.

Asimismo operadores de vehículos de mercancía, insumos, combustibles, pasajeros internacionales desde y hacia puertos y aeropuertos, que sean trasladados por un equipo de flotilla de la empresa, empleados de funerarias, hotelería y zonas francas.

Además los empleados de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) y de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) que se encuentren laborando y transitando hacia sus hogares únicamente.

Infracciones
Mientras que, las personas arrestadas por violar el toque de queda impuesto por el Gobierno y que tengan dificultades económicas para cubrir el monto de la multa correspondiente, podrán realizar trabajo comunitario, siempre que logren la autorización de un juez competente.

La disposición fue anunciada por la procuradora general de la República (PRG), Miriam Germán Brito, a todos los miembros del Ministerio Público.

“En caso de verificar que el pago de una multa constituiría una imposibilidad para el imputado, que soliciten al juez competente la conversión de la multa en trabajo comunitario, de utilidad pública o interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro”, indicó Germán Brito a través de un comunicado.

El instructivo, acompañado de las referencias al marco legal correspondiente, dispone que los agentes de la Policía Nacional deben presentar, “sin demora y sin falta”, por ante el Ministerio Público a toda persona arrestada por violación al toque de queda y a las medidas relativas a las aglomeraciones de más de 10 personas en espacios públicos y privados de uso público.

Dichas restricciones, que se extienden hasta el 21 de este mes, se corresponden con lo dispuesto por el Decreto 7-21, emitido por el Poder Ejecutivo el 8 de enero.

 

 

Por La Redacción
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