Santo Domingo.- La ambición desmedida del presidente Danilo Medina es lo que ha movido a que desde el Gobierno se haya maltratado a la miembro de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Miriam Germán Brito, así lo aseguró el aspirante a la nominación presidencial por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Wellington Arnaud.
Alegó que el maltrato a la magistrada obedece a un tema político, en que Medina busca controlar la SCJ con jueces que le sean serviles.
“Así como el presidente Danilo Medina dijo en su momento que quería su Congreso cuando asumió la presidencia de la República, esto para ultrajar la Constitución, irrespetar la ley de Presupuesto y gobernar a sus anchas, asimismo quiere ahora controlar la Suprema Corte de Justicia y es por eso que valiéndose de un Procurador títere, ahora ejecuta ese abuso de poder en contra de una magistrada cuya moral y correcto accionar está más que probado”, expresó Arnaud.
El aspirante a la nominación presidencial opositor dijo que no es posible que el año pasado, en el Día Internacional de la Mujer, la magistrada Miriam Germán haya sido reconocida por el propio presidente Danilo Medina por su buen desempeño y sus años de trayectoria y que ahora se humille y maltrate de esa manera.
Arnaud recordó que el reglamento de aplicación de la Ley 138-11, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura establece que el artículo 26 referente a las objeciones nunca podrá ser anónima.
Además también señaló que es de conocimiento de todos los que integran el Consejo Nacional de la Magistratura que se modificó el reglamento de evaluación a los jueces de la Suprema y el artículo 4 puntualiza que cualquier interesado podrá depositar dentro de los siete días siguientes a la publicación de los informes de desempeño sus objeciones a la confirmación de los jueces evaluados y que los jueces objetados podrán contestarlas dentro de los siete días siguientes.
“Esta oportunidad le fue negada a la jueza Germán Brito, porque fue básicamente sorprendida con una acusación en plena evaluación, violando el debido proceso”, dijo.
Arnaud dijo además que el artículo 26 del reglamento de aplicación del CNM es más claro todavía sobre el procedimiento de objeciones al establecer expresamente que deberán ser decididas antes de iniciar las vistas públicas.