Santo Domingo.- El primer sustituto del presidente y actual presidente en Funciones del Tribunal Constitucional, Rafael Díaz Filpo, afirmó que esa Alta Corte no ha delegado ni delegará sus funciones porque de acuerdo a la Constitución (Artículo 149, párrafo 1), es una responsabilidad sagrada de los jueces, resolver el tema de la no ejecución de sus sentencias.
Recordó que el artículo 149, Párrafo 1 de la Constitución Dominicana, reza: “La función judicial consiste en administrar justicia para decidir sobre los conflictos entre personas físicas o morales, en derecho privado o público, en todo tipo de procesos, juzgando y HACIENDO EJECUTAR LO JUZGADO. Su ejercicio corresponde a los tribunales y juzgados determinados por la ley".
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El magistrado informó al país, que el Tribunal Constitucional lo que está buscando es el momento oportuno para dejar claramente resuelto este grave problema, ya resuelto por tribunales como los de España, Costa Rica, Colombia, entre otros, donde el Poder Ejecutivo ha desacatado numerosas sentencias. En algunos casos se ha aprobado una Ley que castiga severamente a los infractores, en otros se ha penalizado el patrimonio personal de los mismos.
El Tribunal Constitucional dominicano es categórico al afirmar que sus sentencias son de ejecución obligatorias y que cualquier desacato a sus decisiones se traduce en una violación a la Constitución.
"De lo que la ciudadanía puede estar segura, es de que el Tribunal Constitucional garantizará la ejecución de cada una sus sentencias, ya que como establece el Artículo 184 de la Constitución, sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para todos los poderes y órganos del Estado", aseguró Díaz Filpo.
"Repito: el Tribunal Constitucional ni delega, ni delegará sus funciones, porque los jueces que integran este Tribunal saben perfectamente cuáles son sus responsabilidades", afirmó el magistrado dominicano, un país donde el Estado es el mayor incumplidor de las sentencias constitucionales.