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lunes 7 junio, 2021

Tres meses de prisión preventiva para acusado de cortar y robar cables eléctricos en pista AILA

Fiscalía de Santo Domingo Este (SDE).
El juez de la Oficina Judicial de Atención Permanente de este municipio dispuso que el imputado cumpla la medida preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de San Pedro de Macorís.

Santo Domingo Este.- El Ministerio Público logró este lunes la imposición de tres meses de prisión preventiva contra uno de los jóvenes imputados de cortar y robar cables del tendido eléctrico de la pista del Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) con la intención de quemarlos y posteriormente venderlos como cobre.

Luis Abel Bens (Chiricui y/o Alicui) actuó junto a su hermano sólo conocido como Cochin y el nombrado Esmailyn o Esmerlyn, ambos prófugos, con quienes logró penetrar en áreas restringidas de las instalaciones del aeropuerto y cortar los cables que alimentan el balizamiento del campo de vuelo.

El juez de la Oficina Judicial de Atención Permanente de este municipio dispuso que el imputado cumpla la medida preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de San Pedro de Macorís.

El auto de acusación resalta que los imputados lograron cortar aproximadamente 1,653 pies de alambres. La acción provocó que se apagaran las luces de la pista de aterrizaje, situación por la que 3,362 personas resultaron afectadas, mediante el desvío, retraso o suspensión de vuelos.

Sobre el instrumento utilizado para sustraer el cableado, una “pinza de metal bordeada de una goma soporte color negro”, fue entregado de forma voluntaria por la pareja del coautor y prófugo Cochin.

La investigación fue llevada a cabo por los fiscales Hazel Rosaly Gross Abad y Andrés Adolfo Toribio Ventura, del Departamento de Investigación y Persecución de Criminalidad Organizada.

El Ministerio Público le otorgó al caso la calificación jurídica provisional contenida en los artículos 265, 256, 379 y 384 de Código Penal Dominicano, consistente en asociación de malhechores y robo agravado, que se enmarcan dentro de los denominados “actos de interferencia ilícita”, descritos en la Ley 188-11, sobre Seguridad Aeroportuaria y de Aviación Civil.