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miércoles 18 julio, 2018

Senado aprueba en segunda lectura proyecto de Vigilancia y Seguridad Privada

Senado de la República aprueba Proyecto de Ley de Vigilancia y Seguridad Privada.
El proyecto de ley, que ahora pasa a la Cámara de Diputados, obliga al Superintendente y el Intendente de Vigilancia y Seguridad Privada, así como a otro personal, presentar una declaración jurada de sus bienes.

Santo Domingo.- El senado aprobó en segunda lectura este miércoles el proyecto de “Vigilancia y Seguridad Privada”, el cual limita el uso de las armas en servicio, castiga el uso de las que estén irregulares, establece edades adecuadas para desempeñar el trabajo, exige cursado mínimo de octavo grado, estar debidamente entrenados y restringe uso a extranjeros ilegales.

La pieza legislativa fue propuesta del senador por Elías Piña Adriano Sánchez Roa, la cual reglamenta los servicios de vigilancia y protección privada, transporte de dinero y valores, tecnología de seguridad electrónica, asesoría, consultoría e investigación en seguridad, blindaje, servicio de autoprotección y detectives Privados.

Igualmente, se establece a la Superintendencia como ente público a cargo de la regulación, inspección, vigilancia y fiscalización de esos servicios, y tendrá la autoridad de habilitar empresas, acogiendo el Código de Trabajo para proteger los derechos de los trabajadores.

“El 63% de la seguridad privada es ejercida actualmente fuera de ley por lo que a partir de esta legislación solamente podrán prestarse los servicios, previa obtención de autorización administrativa de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada”, explicó Sánchez Roa.

Dijo que el proyecto prevé que la Superintendencia contará con una Junta Directiva, como órgano superior, y quedará integrada por cinco miembros con voz y voto: El Ministro de Defensa, quien la presidirá; Ministro de Interior y Policía; Ministro de Trabajo; Procurador General de la República; y el Ministro de Salud Pública. El Superintendente participará, pero sin voto.

“No podrán ser directivos, ni empleados de empresas de vigilancia y seguridad privada, miembros activos de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, ni tampoco exmiembros de esas instituciones que hayan sido expulsados de las mismas por faltas en el desempeño de sus funciones o por sentencia condenatoria de los tribunales de la República”, dispone el proyecto.

El proyecto de ley, que ahora pasa a la Cámara de Diputados, obliga al Superintendente y el Intendente de Vigilancia y Seguridad Privada, así como a otro personal, presentar una declaración jurada de sus bienes, en los términos establecidos en la Ley 311-14, de fecha 08 de agosto del 2014.

 

 

Por La Redacción
Colaboración: Paul Mathiasen
extradigital.com.do