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jueves 5 septiembre, 2019

OPD-FUNGLODE: Código Civil dominicano no contempla matrimonio infantil

Matrimonio infantil dominicano Código Civil no está contemplado ( Foto externa).
El análisis considera que el debate nacional sobre esta problemática debe girar en torno a la unión temprana, debido a que esta figura sí existe en las leyes del país y que por diversos factores socioeconómicos y culturales, este tipo de relación pone en estado de vulnerabilidad a las mujeres dominicanas.

Santo Domingo.- El estudio “Matrimonio infantil: del concepto a la realidad dominicana”, que pública el Observatorio Político Dominicano (OPD), una iniciativa de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE), destaca que el ámbito jurídico nacional no establece el matrimonio infantil debido a que esta figura no está contemplada en el Código Civil dominicano, por lo que su modificación para aumentar la edad mínima para casarse no erradicaría esta práctica.

La investigación del OPD-FUNGLODE señala que la Ley no. 136-03, sobre el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, indica que la niñez se extiende hasta los 12 años y que el Código Civil dominicano en su artículo 144 permite el matrimonio solo a partir de los 15 años para las mujeres y 18 para los hombres, rango que corresponde a la categoría de edades adolescentes no infantiles y para el cual es necesario el permiso de los padres.

El análisis considera que el debate nacional sobre esta problemática debe girar en torno a la unión temprana, debido a que esta figura sí existe en las leyes del país y que por diversos factores socioeconómicos y culturales, este tipo de relación pone en estado de vulnerabilidad a las mujeres dominicanas.

"El problema que caracteriza a República Dominicana es la unión de adolescentes, generalmente siendo la mujer la menor de edad. En el país la gravedad es mayor aun, pues en muchos casos el hombre es hasta 10 años o más mayor que la mujer. Esto significa que la aplicación de matrimonio infantil al caso dominicano no es fiel a los lineamientos conceptuales de su significado y es más adecuado reemplazarlo con un término como unión temprana", según el estudio publicado por OPD-FUNGLOD.

El análisis revela que en América Latina y el Caribe la unión temprana es la problemática más común, la cual tiene efectos como embarazos en la adolescencia, mortalidad materno-infantil, deserción escolar, violencia de género y desigualdad social y de género.

“Emplear matrimonio infantil en el contexto nacional abarca indistintamente todas las uniones con y entre menores de edad, más que la realidad a la que hace alusión este concepto: el matrimonio entre y con infantes”, puntualiza la investigación del OPD-FUNGLODE.

Según el estudio, los registros de la Junta Central Electoral (JCE) de matrimonios entre y con adolescentes mostraron una reducción desde el 2001 hasta el 2016, no significando esto una disminución real, sino un aumento de la informalidad de las uniones, por lo que la raíz del problema en el país no sería de índole legal.

La investigación del OPD-FUNGLODE señala la necesidad de que las leyes dominicanas sean más específicas respecto de las nuevas concepciones que surgen sobre el ciclo de vida de los seres humanos, en aras de construir políticas para la infancia y la adolescencia y focalizarlas adecuadamente, evitando confusiones en su tratamiento y aplicación.

 

 

Por La Redacción
eXtradigital.com.do

 

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