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miércoles 11 diciembre, 2019

MP apelará resolución varía coerción a exfiscal puso droga a jóvenes en barbería de Villa Vásquez

La exfiscal Carmen Lisset Núñez Peña entrevistada por la prensa.
A través de un comunicado de prensa, el Ministerio Público informó que procederá a recurrir en apelación por no estar de acuerdo con la decisión de variar la medida de coerción.

Montecristi.- El Ministerio Público informó este miércoles que apelará la resolución de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de la jurisdicción de Montecristi que varió la medida de coerción de prisión preventiva que le fue impuesta a la exfiscal Carmen Lisset Núñez Peña y a cuatro exagentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).

Estos están acusados de incurrir en irregularidades mientras realizaban un allanamiento en una barbería del municipio de Villa Vásquez.

Según indicó Ministerio Público, en el caso de la exfiscal, Carmen Lisset Núñez Peña, el tribunal varió la prisión preventiva por prisión domiciliaria.

Mientras que en el caso de los exagentes de la DNCD, Víctor Ignacio Encarnación Cuevas, Juan de Dios Heredia Martínez, Adán Maurito Rodríguez Pichardo y Juan Antonio Arias Peguero, dispuso el pago de una garantía económica de RD$40 mil cada uno, impedimento de salida del país y presentación periódica ante el despacho de la Procuraduría General de la Corte de Apelación de Montecristi.

Informó que el tribunal adoptó la decisión durante la audiencia para la revisión obligatoria de la medida cautelar, consistente en prisión preventiva, que le fue impuesta el pasado mes de agosto a solicitud del Ministerio Público.

A través de un comunicado de prensa, el Ministerio Público informó que procederá a recurrir en apelación por no estar de acuerdo con la decisión de variar la medida de coerción.

Los imputados son acusados de violar los artículos 38, 42, 44, 169 párrafo I, y 255 de la Constitución de la República, que tipifican la violación al derecho de la dignidad humana, respeto a la integridad psíquica y moral, honor personal, así como de violar los artículos 114, 123, 166, 184, 265 y 266 del Código Penal Dominicano que tipifican el abuso de autoridad contra los particulares, coalición de funcionarios y asociación de malhechores.