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jueves 3 enero, 2019

Juristas consideran hombre "se extrajo frasco del recto" podría demandar a médico y hospital; CMD advierte SNS no compete sanción galeno

Santo Domingo.- Tanto los médicos como el Hospital Francisco Moscoso Puello incurrieron en violación a los derecho a la intimidad del paciente que llegó a ese centro de salud con un objeto introducido en el recto, lo que de acuerdo con juristas, los hace plausibles de demanda por daños y perjuicio.

El abogado Julio Cury puntualizó que el artículo 44 de la Constitución dispone que “se reconoce el derecho al honor, al buen nombre y a la propia imagen. Y que toda autoridad o particular que los viole, está obligado a resarcirlos o repararlos conforme a la ley...”.

Según Cury, el paciente en cuestión, tiene todo el derecho de proceder por la vía civil “para ser resarcido por los daños morales sufridos, tal y como lo establece el artículo 1382 y siguientes del Código Civil”.

Para el abogado Enmanuel Rosario es una pena que esos casos sucedan y calificó el hecho como una grave violación a los derechos del paciente.

“Toda persona tiene derecho a la intimidad, y que en el caso médico es más grave la violación de derecho, pues no solamente se fundamenta en la Constitución, sino también en la Ley General de Salud (42-01), que prevé el derecho a la intimidad, pero también a la confidencialidad como derechos del paciente. Es decir, que en esta ley, la intimidad y la confidencialidad se vinculan estrechamente, para impedir que este tipo de actuaciones sucedan”, dijo y prosiguió: “En otras palabras, sin el consentimiento y autorización por escrito del paciente no se pueden divulgar informaciones ni imágenes del paciente”.

Otra que opinó fue la abogada Marlene Guerrero, quien entiende que con este caso se compromete la responsabilidad personal de los que divulgaron la imagen y la del hospital.

Mientras que el abogado Félix Porte entiende que la divulgación “fue una violación a un conjunto de normas como la Constitución, el Código Penal, Ley General de Salud, Código de Ética Médica”, entre otros, pero es escéptico, advierte pero nada pasará.

El exdecano de la Facultad de Derecho de Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), señaló que una demanda civil en los tribunales pueda prosperar. Entiende que es un caso curioso que ocurre incluso en otros países, pero que no fue divulgada la identidad del paciente.

CMD advierte SNS no puede sancionar al responsable
El presidente del Colegio Médico Dominicano (CMD), Wilson Roa Familia, dijo este jueves que no es competencia del Servicio Nacional de Salud (SNS) sancionar al médico residente que presuntamente difundió la imagen de la radiografía del paciente que fue intervenido quirúrgicamente para extraerle un frasco de ambientador en el ano.

Indicó que es responsabilidad del ministerio de Salud Pública y del Colegio Médico Dominicano determinar cómo juzgar y sancionar a cualquier personal médico, tomando en cuenta la Ley 60-97 que norma el ejercicio médico.

"Lo lógico es que se investigue el hecho en toda su dimensión para ver que se ha violentado. Aquí se actúa al revés, primero se reacciona buscando culpable para sancionar y no buscando prevención cómo corregir", expuso Roa.

Por otra parte, sostuvo que la imagen difundida en las redes sociales no quebranta ninguna normativa que atente contra la privacidad del paciente llevado a la sala de emergencias del hospital doctor Francisco Moscoso Puello y, posteriormente, a la sala de cirugías para adquirir el frasco de ambientador que fue introducido por petición de su pareja.

“Esa imagen no vulnera a nadie porque no se sabe de quién es. No se ve el rostro ni se percibe el nombre por ninguna parte. El código de ética establece que hay que tener una imagen que identifique a un afectado. Si no se identifica, no hay daños”, indicó el presidente del CMD.

 

 

 

Por La Redacción