Santo Domingo, República Dominicana • Jueves 25 de Abril, 2024
lunes 19 septiembre, 2022

Gobierno declara zona de desastre provincias La Altagracia, El Seibo y Hato Mayor; emite decreto de emergencia

Palacio presidencial de República Dominicana.
La medida del Poder Ejecutivo está contenida en el Decreto 537-22, mediante el cual se declaran de emergencia, los procedimientos necesarios para el auxilio de las citadas provincias.

Santo Domingo. - El presidente Luis Abinader anunció este lunes que declararán zonas de desastres las provincias La Altagracia, El Seibo y Hato Mayor tras ser azotadas por el huracán Fiona, de acuerdo con un decreto de emergencia que también incluye a La Romana, Monte Plata, Samaná y María Trinidad Sánchez

Tenemos que evaluar, porque quizás también la tengamos que agregar en zona de desastres”, indicó.

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Asimismo, dijo que existen daños cuantiosos en la provincia La Altagracia, en El Seibo y en menor medida en la provincia de Hato Mayor y La Romana, indicó en una rueda de prensa en el Palacio Nacional.

“Está en proceso de evaluación Samaná y María Trinidad Sánchez”, dijo.

Decreto 537-22
La medida del Poder Ejecutivo está contenida en el Decreto 537-22, mediante el cual se declaran de emergencia, los procedimientos necesarios para el auxilio de las citadas provincias.

Con la disposición 21 instituciones del Estado son autorizadas para actuar de inmediato en consecuencia del mismo, relacionadas a la provisión de medicamentos, alimentos, sistema energético, aprovisionamiento de agua y asistencia social en general, educación, entre otros.

Instituciones 
Las instituciones son los ministerios de Salud Pública, de Educación, de Agricultura, de Obras Públicas y Comunicaciones, de la Vivienda, de Turismo y Administrativo de la Presidencia; además del Instituto Nacional de Estabilización de Precios (Inespre), Servicio Nacional de Salud (SNS), Programa de Medicamentos Esenciales (Promese-Cal), Plan de Asistencia Social de la Presidencia, Comedores Económicos del Estado Dominicano, Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial y la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial.

También el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa), Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indrhi), Corporación de Acueductos y Alcantarillado de Santo Domingo (Caasd), Empresa de Transmisión Eléctrica (ETED), Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste), Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (Edenorte), Defensa Civil.

“Las instituciones indicadas, deberán rendir un informe detallado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, debiendo difundirlo a través del Portal de la institución, así como en el Portal Transacciol, dentro de los 15 días calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia”, reza el artículo cuatro de la disposición presidencial.

El decreto por igual señala los procedimientos de contratación por excepción deberán realizarse acorde con las disposiciones de la Constitución de la República y la normativa vigente en la materia de contrataciones públicas.

“Las instituciones incluidas en el presente Decreto deberán gestionar los procedimientos de excepción por emergencia nacional a través del Portal Transaccional administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas”, indica el articulo tres.

La declaratoria de estas contrataciones de emergencia nacional tendrá una duración de 30 días a partir de la emisión del presente decreto.

 

 

Por La Redacción
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