Santo Domingo, República Dominicana • Jueves 25 de Abril, 2024
martes 14 diciembre, 2021

Fiscalía SDE logra 30 años de cárcel contra dos hombres asesinaron otro por negocio de drogas

Fiscalía de Santo Domingo Este (SDE).
Los jueces dispusieron que los condenados paguen un millón de pesos de indemnización a favor de los parientes del occiso y que cumplan la prisión en el Centro de Privación de Libertad La Victoria.

Santo Domingo Norte.- La Procuraduría Fiscal de Santo Domingo Este y Santo Domingo Norte anunciaron este martes que obtuvo una condena de 30 años de prisión en contra de dos hombres enjuiciados por la muerte de otro en un incidente relacionado con la venta de drogas en el sector Los Guaricanos, Santo Domingo Norte.

El Primer Tribunal Colegiado de esta jurisdicción declaró culpables a los procesados Richard Rafael Bueno Núñez y Luis Carlos de la Cruz Martínez por el asesinato de Luis Joel Jorge Rodríguez, (Jorge el Falso).

Tras acoger los alegatos y el petitorio de los fiscales Zayra Soto y Juan Miguel Vásquez Minaya, los jueces dispusieron que los condenados paguen un millón de pesos de indemnización a favor de los parientes del occiso y que cumplan la prisión en el Centro de Privación de Libertad La Victoria.

El expediente instrumentado por el Ministerio Público indica que el 05 de agosto de 2019, Luis Carlos de la Cruz Martínez (Mayimbe), Elaine Valenzuela, quien fue arrestada recientemente en la provincia Montecristi, y Richard Rafael Bueno Núñez se asociaron para matar a Jorge Rodríguez en acción vengativa por un conflicto vinculado a unas transacciones de drogas.

Explica que los hoy condenados pasaron a recoger a la víctima en un vehículo, con rumbo al municipio Yamasá, y que en el trayecto le realizaron varios disparos que le causaron la muerte.

Luego dejaron el cadáver abandonado en el kilómetro 17 de la carretera hacia el citado municipio de la provincia Monte Plata.

A los hechos, el Ministerio Público asignó la calificación jurídica contenida en los artículos 265, 266, 295, 296, 297 y 302 del Código Penal, que tipifican y sancionan la asociación de malhechores y el asesinato, así como la violación de los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Por este caso, un tercer encartado fue absuelto de los cargos por insuficiencia de pruebas.