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jueves 27 enero, 2022

Decreto: instituciones públicas deben adquirir productos nacionales en Mipymes

Instituciones públicas deben comprar productos dominicanos a mipymes.
Asimismo, deroga el literal b del artículo 2 del decreto No. 164-13 del 1 de junio de 2013, que instruye a las instituciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la Ley No. 340-06, para que las compras y contrataciones que deben efectuar a las micros, pequeñas y medianas empresas, sean exclusivamente de bienes y servicios de origen, manufactura o producción nacional.

Santo Domingo.- El Poder Ejecutivo emitió el decreto 31-22 en el que instruyó a todas las instituciones públicas encargadas de los programas de alimentación humana, para que los procesos de compras que realicen, a fin de adquirir bienes producidos en el territorio dominicano y relacionados a su objeto, se lleven a cabo a través de Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes).

Señalaron que esta disposición busca contribuir al desarrollo económico del país y a la generación de empleos, siempre que en el mercado existan Mipymes industriales que demuestren tener capacidad para suministrarlos.

También informaron que con este decreto se deroga el 86-20 del 21 de febrero de 2020, que instruye a las instituciones a cargo de la ejecución de programas destinados al alivio de la pobreza, alimentación, nutrición escolar, protección de mujeres, discapacitados, niños y adolescentes, que al convocar procesos de compra para adquirir los insumos necesarios para el correcto funcionamiento de estos programas, realicen convocatorias dirigidas exclusivamente a la agroindustria e industria nacional, siempre que en el mercado existan productores, industrias o fabricantes que demuestren tener capacidad para suministrarlos.

Asimismo, deroga el literal b del artículo 2 del decreto No. 164-13 del 1 de junio de 2013, que instruye a las instituciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la Ley No. 340-06, para que las compras y contrataciones que deben efectuar a las micros, pequeñas y medianas empresas, sean exclusivamente de bienes y servicios de origen, manufactura o producción nacional.

¿Cuáles son las entidades?
A su vez, aclararon que las instituciones comprendidas en el ámbito de aplicación del presente decreto son: Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), Programa Progresando con Solidaridad (PROSOLI), Comedores Económicos del Estado (CEE), Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), Policía Nacional (PN), Servicio Nacional de Salud (SNS), centros públicos de salud, Ministerio de Defensa (MIDE), Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial (CPADB), Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (CPADP), Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI) y el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI).

Asimismo el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE), Programa de Medicamentos Esenciales y Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL), Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE), Ministerio de Educación (MINERD), Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE), Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), Instituto de Auxilios y Viviendas (INAVI) y cualquier otro ente público cuyos objetivos institucionales tengan relación con los programas indicados en este artículo.

 

 

 

Por La Redacción
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