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martes 21 julio, 2020

Colegio de Abogados pide destitución del presidente SCJ y rechazan audiencias virtuales

Colegio de Abogados pide destitución del presidente SCJ; rechazan audiencias virtuales
“Los tribunales están cerrados de manera forzosa desde hace más de 5 meses, a pesar de que están abiertos restaurantes, supermercados, bancos, plazas comerciales, hoteles y otras entidades; provocado graves daños a la economía de los abogados y de la sociedad en general”, expresó.

Santo Domingo.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) solicitó este martes al Consejo Nacional de la Magistratura la destitución del presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) Luis Henry Molina por faltas graves en el desempeño de sus funciones.

Miguel Surun Hernández, presidente del gremio, recordó que el articulo 179-4 de la constitución, consagra que unas de las funciones del Consejo Nacional de la Magistratura es la de evaluar el desempeño de los jueces, luego recomendar al congreso Nacional, su destitución de conformidad con el artículo 83-1 de la constitución dominicana por violación de la independencia de los jueces y juezas, interferencia en la administración de justicia, usurpación de funciones del Congreso Nacional y del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, conculcación del debido proceso y de la tutela judicial efectiva, abuso de poder en perjuicio de la ciudadanía y de los profesionales del Derecho.

“Los tribunales están cerrados de manera forzosa desde hace más de 5 meses, a pesar de que están abiertos restaurantes, supermercados, bancos, plazas comerciales, hoteles y otras entidades; provocado graves daños a la economía de los abogados y de la sociedad en general”, expresó.

Surun Hernández reiteró el llamado al Consejo Nacional de la Magistratura de las audiencias físicas o presenciales y anunció la continuación de protestas, las cuales incluirán un gran sufragio para los abogados manifiesten a la apertura de la justicia.

Explicó que la resolución del consejo del Poder Judicial que dispone el cierre de los tribunales y la aplicación de los juicios virtuales viola la carta magna, los códigos procesal penal, de procedimiento civil, de trabajo, de comercio, las leyes 108-05 y 821 de organización judicial que de manera precisa lo consagran.

 

Por La Redacción
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