Santo Domingo, República Dominicana • Martes 10 de Diciembre, 2024
jueves 21 noviembre, 2024

Piden a la SIE modificaciones claves a reglamento de generación distribuida de energías renovables

La Asociación sugirió que, debido a la incertidumbre que genera la falta de un valor determinado por la SIE, el reglamento debería estipular un cargo fijo y práctico.

Santo Domingo. - La Asociación para el Fomento de las Energías Renovables (ASOFER) presentó, a través de una carta, una serie de observaciones y comentarios a la propuesta de Reglamento para la Aprobación, Interconexión y Operación de Instalaciones de Generación Distribuida de Energía, dirigido a la Superintendencia de Electricidad (SIE).

En su misiva, la entidad expresó su apoyo a una actualización normativa que garantice la independencia energética del país y fomente el uso de energías renovables en la República Dominicana, alineándose con las políticas del gobierno, como la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.

Sin embargo, destacó la necesidad de realizar ajustes a varias disposiciones del borrador para facilitar el desarrollo de la generación distribuida en el país.

Uno de los principales puntos que la ASOFER planteó fue sobre el artículo 20, relacionado con el cargo por uso de red en las tarifas monómicas.

La Asociación sugirió que, debido a la incertidumbre que genera la falta de un valor determinado por la SIE, el reglamento debería estipular un cargo fijo y práctico.

Proponen que este cargo sea el 10% del precio unitario de la tarifa de cada empresa prestadora, lo que aportaría mayor certeza tanto a los usuarios como a las empresas distribuidoras.

Respecto al artículo 11 del reglamento, ASOFER solicitó eliminar la referencia a la "potencia máxima demandada" como limitante para el dimensionamiento de los sistemas de generación distribuida.

La propuesta es hacer que la capacidad del sistema de generación renovable se base en el consumo anual del usuario, tal como se establece en el artículo 13, con un límite de hasta el 110% de la energía consumida anualmente.

De no modificarse esta disposición, se estaría limitando innecesariamente el desarrollo del autoconsumo renovable en el país.

En cuanto a los cargos por potencia en el artículo 20, la Asociación señaló que no debe cobrarse por la potencia inyectada a la red por parte del usuario, sino únicamente por la potencia retirada.

La potencia inyectada no genera costos adicionales para la distribuidora, sino que ayuda a reducir la demanda durante las horas de inyección de energía distribuida.

“Lo más importante es poder eliminar las áreas grises del reglamento, para que nadie pueda aprovechar las mismas en perjuicio del usuario, como ocurre hoy en día, señaló Alfonso Rodríguez, presidente de ASOFER.

También, la ASOFER solicitó la modificación de ciertos artículos para garantizar que las instalaciones existentes, aprobadas antes de la publicación del nuevo reglamento, puedan seguir operando bajo el esquema de medición neta durante cinco años, sin necesidad de iniciar un nuevo proceso de solicitud.

La asociación para el Fomento de las Energías Renovables reafirmó su compromiso con la promoción de energías renovables en el país y destacó que sus observaciones buscan optimizar un reglamento que impulse el desarrollo de la generación distribuida, favorezca la transición energética y brinde certidumbre a todos los actores involucrados.