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miércoles 5 agosto, 2020

Cuentas de CDEEE embargadas por violar contrato de hace 37 años; entidad niega versión

Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE).
Mediante la sentencia TC0285/19 del año pasado, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible un recurso de revisión constitucional que interpuso la CDEEE contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia.

Santo Domingo.- La Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) se ha visto impedida de honrar compromisos y hacerle frente a sus obligaciones financieras debido a que desde el pasado lunes sus cuentas bancarias fueron embargadas por una supuesta deuda millonaria contraída por la firma estatal hace 37 años.

Se trata de un contrato firmado en 1983 con la empresa Fiat Aviazone para dar mantenimiento de las unidades turbo gas de la planta de generación eléctrica de Los Mina.

Fiat Aviazone, mediante acto de alguacil, trabó un embargo retentivo a las cuentas de la CDEEE en el Banco de Reservas de la República Dominicana, Banco Popular, Banco BHD-León, EDESUR Dominicana, EDEESTE Dominicana y EDENORTE Dominicana por US$23 millones, correspondientes al doble del monto que la empresa estatal le debe fruto del incumplimiento de un convenio de crédito con la sociedad comercial.

“El presente embargo retentivo u oposición se hace para la seguridad, conservación y obtención del pago de la suma de once millones ochocientos cincuenta y tres mil cuatrocientos diez y siete dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$11,853,417), que es el monto que ha sido consignado en la sentencia homologada y en virtud de lo que dispone el artículo 557 del Código de Procedimiento Civil”, detalla el acto remitido por Rafael Peña Rodríguez, alguacil de estrado de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

“El presente embargo inmoviliza la cantidad de veintitrés millones setecientos seis mil ochocientos treinta y cuatro con 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$23,706,834) que es el duplo del monto de la suma del presente embargo sin perjuicio de los intereses legales, gastos de ejecución, costas legales causadas y por causarse”, continúa diciendo el documento.

Mediante la sentencia TC0285/19 del año pasado, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible un recurso de revisión constitucional que interpuso la CDEEE contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que declaró la perención del recurso de casación que había hecho la entidad al fallo que lo condenó a pagar cinco millones de dólares en el año 1992 y que fue ratificado por la Corte de Apelación en el 2010.

CDEEE desmiente
La CDEEE aclaró este miércoles que sus cuentas no están embargadas, sino que a través de un acto de alguacil se le notificó a la entidad un intento de embargo, pero fue liberado.

“Las cuentas de la CDEEE no están embargadas”, destacó la entidad a través de su Dirección de Comunicación Estratégica.

El organismo comunicó que la deuda de referencia está en Crédito Público del Ministerio de Hacienda.

 

Por La Redacción
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