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domingo 29 noviembre, 2020

CNSS extiende plazo cobertura atenciones médicas trabajadores suspendidos

Félix Aracena Vargas gerente general del CNSS.
Aracena Vargas dijo que el Gobierno ha ido adoptando de manera escalonada una serie de medidas y políticas, de carácter económico y social, conforme las recomendaciones de las autoridades internacionales de salud.

Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No.509-01 extendió hasta el 31 de diciembre próximo la cobertura del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo a los trabajadores suspendidos debido a la pandemia del Coronavirus (COVID-19).

El gerente general del CNSS Félix Aracena Vargas destacó que dicha cobertura incluye al trabajador junto a sus dependientes directos y adicionales, quienes continuarán recibiendo los servicios de salud.

“Esta disposición protege a miles de trabajadores que continúan siendo afectados por la suspensión de sus contratos de trabajo y próximamente se les vencerá el período de protección para recibir las atenciones médicas, si así lo requieren”, dijo.

Destacó que la resolución detalla que en caso de no aprobarse la cobertura de 31 días más del Seguro Familiar de Salud (SFS), así como las coberturas de los Subsidios por Enfermedad, Maternidad y Lactancia, dichos trabajadores, sus dependientes directos y adicionales, quedarían desprotegidos y dejados a merced de su suerte, lo que podría ser catastrófico e inhumano tomando en cuenta el Estado de Emergencia Nacional que vive el país en virtud de los efectos del COVID-19.

Aracena Vargas dijo que el Gobierno ha ido adoptando de manera escalonada una serie de medidas y políticas, de carácter económico y social, conforme las recomendaciones de las autoridades internacionales de salud, imprescindibles para procurar el menor número de personas afectadas por la pandemia.

Dicha aprobación incluye la cobertura a los recién nacidos para garantizarles los beneficios del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), quienes podrán solicitar servicios de salud sin contar con el Número de Seguridad Social (NSS) y se mantiene la cobertura a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante este período 18 y 21 años respectivamente, siempre que sean estudiantes.

 

 

 

Por La Redacción
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