Santo Domingo, República Dominicana • Sábado 23 de Noviembre, 2024
lunes 24 junio, 2019

TSA aplaza para el 15 de julio conocer amparo contra voto arrastre

El Tribunal indicó que debe conocer la violación al derecho del voto de manera libre, sin arrastre, en tanto la resolución de la JCE viola los artículos 22, 39, 40, 75, 138, 208 y 212 de la Constitución.

Santo Domingo.- La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), apoderada para conocer de la Acción de Amparo en contra de la Resolución de la Junta Central Electoral (JCE) sobre el arrastre en cinco provincias y el Distrito Nacional interpuesta por el jurista Ángel Lockward, fue aplazada para el 15 de julio.

La magistrada acogió una solicitud de la JCE para comunicación de documentos a la que se opusieron el Accionante y el Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) por entender que se trataba de una táctica dilatoria para retrasar el conocimiento de un expediente que estaba instruido en el que solamente se discute, un documento ya conocido cuyo texto como norma general fue publicado en la prensa.

La magistrada que presidió, Luisa Del Carmen Canaán, al conceder cinco días a las partes, para el depósito de piezas, ordenó que depositaran sus escritos de conclusiones.

Al término de la audiencia Lockward, declaró que en el TSA, instancia que ponderó positivamente, se vienen conociendo los casos con un retraso que constituye denegación de justicia, en unos casos y en otros, violación a la Ley 137-11.

Refirió que la semana pasada recibió la notificación de la sentencia No. 0030-03-2019-SSEN-00145 que conoció en contra de la Resolución No. 05-2015, interpuesto el 29 de mayo del 2019 por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), declarado por dicho tribunal inadmisible, cinco años más tarde por carecer de objeto: es un ejemplo típico de denegación de justicia, pues esa resolución fue para el proceso del 2016.

Indicó que de igual manera, el tribunal desnaturaliza el amparo cuando actúa como en un caso presentado como preventivo de extrema urgencia a finales de noviembre para prevenir la inejecución de la Ley General de Presupuesto del 2019 y, el tribunal fijó la audiencia de conocimiento para el mes de febrero, dos meses después de que la Ley cesó, en el caso de Bruno Díaz.

El Tribunal indicó que debe conocer la violación al derecho del voto de manera libre, sin arrastre, en tanto la resolución de la JCE viola los artículos 22, 39, 40, 75, 138, 208 y 212 de la Constitución, de lo demás, será la ciudadanía en última instancia quien juzgará, si los tribunales no son garantía de los derechos, por temor, ignorancia o cualquier otra razón, concluyó.

El martes a partir de las 9:00 de la mañana, el TSA tiene enrolado conocer el amparo en contra de la misma resolución interpuesta por Vinicio Castillo y varios ciudadanos.

 

 

NOTICIAS RELACIONADAS